a) La Ley General de Seguridad Social en tres aspectos:
El art. 31.d), estableciendo una nueva causa para la extensión de un acta de
liquidación. "Aplicación indebida de las bonificaciones en las cotizaciones de la
Seguridad Social, previstas reglamentariamente para la financiación de las acciones
formativas del subsistema de formación profesional continua".
Los arts. 124.3 y 172.1, donde se hace una modificación de carácter técnico,
sustituyendo el término " incapacidad laboral transitoria " por los de "
incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo o de maternidad ".
El art. 179.4, relativo al orden de preferencia entre las distintas pensiones derivadas
de muerte y supervivencia, a los efectos de la limitación legal establecida de que la
suma de las pensiones por muerte y supervivencia no podrá exceder del importe de la base
reguladora que corresponda.