CONTENIDO DEL ACTA DE COMISIÓN MIXTA IBERIA/CAAVE – 19.11.03

 

Orden del Día.- Nuevo modelo de retribución de IBERIA a Agencias de Viajes a partir de 1º Enero 2004.

Iberia expone que, fruto de las propuestas de los distintos grupos de trabajo y de las laboriosas deliberaciones mantenidas con CAAVE y otras asociaciones, se ha elaborado el nuevo modelo de contrato y el esquema de relación económica que habrán de regir las relaciones entre IBERIA y las Agencias a partir de 1 de enero de 2004, toda vez que los contratos actualmente en vigor finalizan el 31 de diciembre de 2003, ya que fueron formalmente denunciados durante el pasado mes de junio.

El esquema de relación propuesto consiste en la aplicación de un sistema mixto según el cual Iberia facilitará a las Agencias el precio de cada uno de sus productos ofrecidos.

La Agencia tendrá libertad de cobrar a sus clientes los gastos por emisión de billetes y otros servicios de acuerdo con su política y gestión comercial, por tanto la Agencia está facultada para fijar la comisión de intermediación (cargo por emisión) a cobrar al cliente adicionalmente al precio de Iberia por la actividad intermediadora.

Iberia retribuirá a las Agencias en base a:

Comisión básica sobre el precio fijado por Iberia para cada uno de sus productos que será

Estas comisiones serán así mismo reconocidas en las emisiones de billetes realizadas por las Agencias de Viaje sobre reservas efectuadas en la web Iberia.com o Iberia.com profesional.

Incentivo variable semejante al actual durante el periodo de vigencia del contrato. Ver anexos del contrato.

Incentivos sobre billete electrónico emitido de

Iberia expone que, de acuerdo con la filosofía del nuevo modelo de relación económica, desde 1º Enero 2004 y como medida para preservar la estabilidad del mercado y atendiendo al coste del servicio efectuado, cobrará a sus clientes directos cargos por los servicios de emisión o gestión, que preste en los distintos canales de su propia venta directa.

En Anexo se recoge la tabla de cargos de emisión que, con validez 1 de enero 2004-31 de diciembre 2006, se cobrarán a los clientes en los canales de venta directa de Iberia. Estas tablas no sufrirán modificación, salvo que se produzcan variaciones esenciales en las condiciones de la intermediación. La definición de las condiciones que pueden considerarse aptas para producir esas modificaciones, (más la definición de lo que son “ofertas especiales”) serán acordadas en Comisión Mixta antes del 31 de diciembre.

Iberia informa que iniciará el 1º de Noviembre próximo el cobro por servicios :

Iberia acepta asumir los costos de transacción que cargue el BSP originados por la implantación del nuevo sistema.

Iberia facilitará el acceso a las Agencias de Viaje a cualquier sistema de reservas en igualdad de condiciones que la propia Compañía. Si algún sistema exigiese costos especiales, Iberia lo comunicará a las Agencias de Viajes a efectos de que éstas puedan negociar el asumir, total o parcialmente, esos costos.
Iberia reconoce explícitamente en el contrato que la Agencia actúa como intermediaria entre Iberia y el cliente final, y que su relación está sujeta a la ley 12/1992 de 27 de Mayo sobre contrato de Agencia.

Iberia expresa su compromiso de desarrollar políticas de lealtad, transparencia y colaboración comercial favorables a las Agencias de Viajes; para evitar situaciones de conflicto. En Comisión Mixta se identificarían esas situaciones. Especialmente:

Indicará en todas sus campañas comerciales que las mismas condiciones pueden obtenerse en las Agencias de Viajes.

Incluirá en la publicidad de sus productos, cuando aparezca sólo la tarifa de transporte, una referencia apuntada mediante asterisco o signo similar, que indique que al precio publicitado deberán añadirse impuestos y cargo por emisión.

Aplicará en su venta directa a clientes, criterios de comercialización y marketing no discriminatorios o que representen una desventaja para las Agencias de Viajes.

Realizará una amplia campaña divulgativa donde se traslade información suficiente a los consumidores sobre el nuevo sistema de comercialización. Las bases generales de esa campaña serán consensuadas en Comisión Mixta.

Iberia se compromete a actuar ante IATA y en todos los foros pertinentes para obtener en el plazo más breve posible la inclusión en el billete (en una casilla específica) de los cargos por intermediación.

Así mismo se compromete a tener disponible el 1 de enero de 2004 el nuevo sistema mecanizado de emisión de billetes y liquidación a través del BSP, que no añadirá complejidad al sistema actual. Al mismo tiempo, se compromete a actuar ante AMADEUS y otros GDS´ para conseguir en el plazo más breve posible la mecanización total de los procesos administrativos y de emisión derivados del nuevo sistema.

IBERIA confirma la posibilidad de realizar el cobro del billete aéreo más el cargo por emisión, realizando un solo pase de la tarjeta de crédito por el terminal correspondiente.

Iberia se compromete a estudiar en un grupo ad hoc con CAAVE y las Asociaciones de Agencias de Baleares y Canarias, las peculiaridades de dichas regiones, su régimen fiscal y la influencia o repercusión que la implantación del nuevo modelo pueda tener sobre las agencias en dichas áreas.

Por último, Iberia solicita de CAAVE el apoyo en la divulgación e implantación del nuevo sistema, y por parte de las Agencias espera la mejor disposición por entender que se abre un nuevo período de trabajo conjunto y con mayores posibilidades por ambas partes.

Dado que el contenido de los puntos anteriores ya había sido conocido por CAAVE, la representación de ésta manifiesta lo siguiente:

CAAVE solicita a Iberia que los posibles cambios sustanciales en sus sistemas de comercialización directa (venta directa) a clientes (especialmente los cargos por emisión de billetes y otros servicios) sean comunicados con la antelación suficiente a la Comisión Mixta con el fin de que se compruebe que se cumplen las condiciones que legitiman las variaciones anteriormente señaladas y de que las Agencias puedan adaptar, si lo consideran conveniente, sus propias políticas de comercialización, como agentes de Iberia.

Iberia acepta informar de estos temas a CAAVE con la antelación suficiente, pero aclarando que ciertas acciones como ofertas especiales etc. por su propia naturaleza, no podrán ser comunicadas con antelación como se solicita.

CAAVE solicita a IBERIA su estimación sobre la repercusión económica de la puesta en marcha del nuevo sistema en las Agencias de Viaje.

IBERIA manifiesta haber realizado un estudio bajo la hipótesis de que “todas” las Agencias de viajes aplicasen en su comercialización exactamente los mismos cargos por emisión que la propia Iberia en sus oficinas. De esta forma los ingresos totales de las Agencias serian la suma de las comisiones básicas pagadas por Iberia más los cargos por emisión abonados directamente por los clientes. Pues bien, en la tabla anexa se puede ver los resultados globales obtenidos aplicando el nuevo sistema a los diversos años contemplados.

 

TABLA CARGOS POR EMISION AÑO 2.004

   

Serviberia y Tiendas Internet

Papel E.T. Papel E.T.
DOMESTICO  
  * Negocio 20 17 12 9
Promocional 15 12 12 9
EUROPA  
  Negocio 40 37 12 9
Promocional 30 27 12 9
INTERCONT  
  Negocio 70 67 18 15
Promocional 50 47 18 15
 

TABLA CARGOS POR EMISION AÑOS 2.005 - 2.006

   

Serviberia y Tiendas Internet

Papel E.T. Papel E.T.
DOMESTICO  
  * Negocio 23 20 15 12
Promocional 18 15 15 12
EUROPA  
  Negocio 45 42 15 12
Promocional 35 32 15 12
INTERCONT  
  Negocio 80 77 18 15
Promocional 60 57 18 15

* Los cargos por emisión de billetes interbaleares se podrán modificar de acuerdo con la regulación de tarifas para estas rutas, pendiente a la fecha, que dispongan las autoridades correspondientes.

ESTIMACIÓN INGRESOS AGENCIAS DE VIAJES 2004-2006

2003 2004 2005 2006
COMISIÓN BASICA 6,5%/6,75%/7% 3%/2%
(2,7%)
1,5/1%
(1,3%)
1%
(1,1%)
SERVICE FEE ---- 6,1% 7,1% 7,1%
INCENTIVO VARIABLE 1,6% 1,6% 1,6% 1,6%
TOTAL 8,3% 10,4% 10,0% 9,8%

Porcentajes calculados sobre ingresos brutos totales